En Alicante no existe una bonificación general automática del 30 % por el mero hecho de ser familia numerosa, como ocurre en València.
En Alicante, las reducciones están vinculadas principalmente a:
- Nivel de renta
- Situación socioeconómica
- Determinados colectivos vulnerables
La condición de familia numerosa puede tenerse en cuenta dentro de los criterios sociales, pero no garantiza por sí sola una bonificación fija.
¿HAY QUE SOLICITARLA?
Sí. En Alicante las bonificaciones deben solicitarse expresamente dentro del plazo que establece la ordenanza fiscal anual.
Normalmente se exige:
- Estar empadronado en la vivienda habitual
- Estar al corriente de pagos municipales
- Aportar documentación económica (declaración de la renta, ingresos de la unidad familiar, etc.)
- Título de familia numerosa en vigor (si se alega esta condición)
DIFERENCIA CLAVE CON VALÈNCIA
València bonificación específica del 30 % para familias numerosas en vivienda habitual.
Mientras Alicante realiza bonificaciones sociales sujetas a renta; no existe reducción automática solo por ser familia numerosa.
Desde el movimiento asociativo se insiste en que las políticas fiscales municipales deben adaptarse a la realidad demográfica y social, aplicando el principio de equidad: quien más aporta a la sostenibilidad demográfica no puede recibir el mismo tratamiento fiscal que quien no asume esa responsabilidad familiar.
Las familias numerosas no piden privilegios, sino proporcionalidad.
Si una tasa se calcula por vivienda, pero en esa vivienda viven cinco, seis o siete personas, el impacto económico no es el mismo que en una vivienda con uno o dos residentes.
València ha dado un paso en esa dirección.
Alicante aún tiene margen para hacerlo.
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