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Llega la época de declarar la renta. Si sois familias numerosas y no queréis dejar de aplicar ninguna de las deducciones en este artículo encontrarás todas todas las deducciones para familias numerosas de la Comunitat Valenciana en la renta 2025:

FECHAS CLAVE PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

  • 8 de abril de 2026: Inicio de la presentación de declaraciones por Internet. Desde esta fecha, los contribuyentes pueden acceder y enviar su declaración a través de la plataforma Renta Web de la Agencia Tributaria.
  • 6 de mayo al 30 de junio de 2026: Presentación de declaraciones por teléfono, previa solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio.
  • 1 de junio al 30 de junio de 2026: Atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria, con cita previa que puede solicitarse desde el 29 de mayo.
  • 25 de junio de 2026: Fecha límite para presentar declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio de 2026: Fin de la campaña de la Renta 2025. Último día para presentar la declaración.

DEDUCCIONES DE FAMILIAS NUMEROSAS PARA LA RENTA 2025 

  • Deducción por familia numerosa
    Las familias numerosas de categoría general pueden aplicar una deducción de 1.200 euros anuales (100 euros mensuales), mientras que para las de categoría especial la deducción asciende a 2.400 euros anuales. Además, por cada hijo que exceda el número mínimo exigido, la deducción se incrementa en 600 euros anuales por hijo adicional.
  • Solicitud de abono anticipado
    Es posible solicitar el pago anticipado mediante el modelo 143, recibiendo 100 euros mensuales en familias numerosas de categoría general y 200 euros mensuales en categoría especial. La solicitud puede realizarse de forma telemática, telefónica o presencial.
  • Compatibilidad con otras deducciones
    Estas deducciones son compatibles con otras, como las aplicables por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, que permiten una deducción adicional de hasta 1.200 euros anuales por cada persona en dicha situación. Estas cuantías son acumulables, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Importante
El importe de la deducción está limitado por las cotizaciones a la Seguridad Social y requiere estar en situación de actividad laboral o percibiendo determinadas prestaciones.

NOVEDADES Y DEDEUCCIONES EN EL TRAMO AUTONÓMICO

Para la campaña de la renta de este año en la Comunidad Valenciana, se han implementado novedades significativas en el tramo autonómico del IRPF destinadas a apoyar a las familias:​

En concreto, se incrementan los niveles de renta para poder acogerse a las deducciones, pasando 32.000 a 60.000 euros en las rentas individuales y de 48.000 a 78.000 euros en las rentas conjuntas.

  • Deducciones por nacimiento o adopción

Primer hijo: la deducción aumenta de 300 a 600 euros.​

Segundo hijo: la deducción se eleva a 750 euros.​

Tercer hijo y sucesivos: la deducción asciende a 900 euros.​

  • Deducciones por nacimiento o adopción de personas con discapacidad

Hasta 224 € por cada descendiente con discapacidad

Hasta 224 € por cada ascendiente con discapacidad

Compatible con otras deducciones.

  • Deducciones para familias de acogida

Las deducciones autonómicas se extienden también a las familias acogedoras, con independencia del régimen de acogimiento, incluyendo la guarda con fines de adopción.

Compatible con otras deducciones.

  • Deducciones por apoyo a la familia y la conciliación

La Comunitat Valenciana establece diversas deducciones autonómicas en el IRPF destinadas a facilitar la conciliación y apoyar económicamente a las familias.

Gastos de guardería (0-3 años)

 Deducción del 15% de los gastos de custodiacon un límite máximo: 297 € por hijo

 Aplicable a centros autorizados de educación infantil

Deducción por conciliación de la vida laboral y familiar

Hasta 460 € por contribuyente.

Para familias en las que ambos progenitores trabajan o en situaciones equiparables.

Deducción por adquisición de material escolar

Hasta 110 € por cada hijo.

Para gastos en material escolar en educación obligatoria.

  • Deducciones por vivienda

La Comunitat Valenciana contempla varias deducciones autonómicas en el IRPF relacionadas con la vivienda habitual, especialmente orientadas a facilitar el acceso y aliviar el esfuerzo económico de las familias.

Alquiler

En la Comunitat Valenciana, los contribuyentes pueden aplicar una deducción del 20% de las cantidades satisfechas por el alquiler de su vivienda habitual, con un límite general de 800 euros anuales.

Este porcentaje puede incrementarse en determinados supuestos. Así, la deducción puede alcanzar el 25%, con un máximo de 950 euros, en casos como personas jóvenes o contribuyentes con discapacidad. Asimismo, en situaciones de especial vulnerabilidad, el porcentaje puede elevarse hasta el 30%, con un límite máximo de 1.100 euros.

Para poder beneficiarse de esta deducción es necesario que el alquiler corresponda a la vivienda habitual del contribuyente, que no se disponga de otra vivienda en propiedad y que se cumplan los límites de renta establecidos en la normativa autonómica.

Adquisición de vivienda habitual

La normativa autonómica de la Comunitat Valenciana contempla deducciones por la adquisición de vivienda habitual en determinados supuestos específicos. Estas deducciones están dirigidas principalmente a colectivos concretos, como personas jóvenes o contribuyentes con discapacidad.

A diferencia de otras medidas fiscales, no se trata de una deducción de carácter general, sino que su aplicación está condicionada al cumplimiento de requisitos específicos tanto personales como económicos, por lo que no todas las familias pueden beneficiarse de ella.

✔ Además no olvides que el gobierno autonómico incorporó nuevas deducciones:

  • Deducción de hasta 150 euros por gastos que hayan generado los miembros de la unidad familiar si esta es numerosa por enfermedades crónicas de alta complejidad o denominadas raras o con diagnóstico de daño cerebral adquirido o alzhéimer.
  • Deducción de hasta 150 euros por el 30% de los gastos generados por miembros de la unidad familiar que hayan necesitado ayuda por patología asimilada a problemas de salud mental.
  • Deducción del 30% hasta 150 euros por los gastos asociados a al a práctica deportiva. En este punto se incluyen los gastos de gimnasio, entrenadores personales para la rehabilitación o hijos federados.
  • Deducción del 30% hasta 150 euros en gastos que están vinculados a la salud bucodental.
  • Deducción del 30% hasta 100 euros por gastos de óptica como la adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza.

Para más información sobre estas deducciones puedes consultar en el siguiente enlace

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